Asimismo, explicó que ni legisladores, ni funcionarios designados por decreto pueden usar sus instituciones para promociones políticas.
Destacar que el propio presidente Luis Abinader ha sido reiterativo en que no se debe usar las entidades para promover candidaturas políticas.
La ley ley de régimen electoral, en su artículo 210, párrafo I, establece que no podrán utilizarse las instituciones u órganos del Estado para desde ellos promover candidatos o partidos, agrupaciones o movimientos políticos a cargos de elección popular.
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